octava sesión

Profesores reflexionaron sobre la regulación de la administración del estado y redistribución territorial del poder en una nueva constitución

Octava sesión de curso “La Constitución que queremos” contó con la participación de los académicos Juan Carlos Ferrada y Felipe Paredes.

Un extenso diálogo sobre cómo una eventual nueva constitución podría regular la administración del estado y la redistribución territorial del poder, desarrollaron los profesores invitados a la octava sesión del curso “La Constitución que queremos”, iniciativa del departamento de Derecho Público de la Escuela de Derecho de la Universidad de Valparaíso.

En la jornada, titulada “Administración del Estado y redistribución territorial del poder”, participaron los académicos Juan Carlos Ferrada -Universidad de Valparaíso- y Felipe Paredes -Universidad Austral de Chile-, bajo la moderación de la docente de Derecho UV Paula Gutiérrez.

Administración del estado con fines colectivos

Juan Carlos Ferrada explicó que “una reforma a la administración del estado en Chile debe partir de un elemento esencial: preguntarnos para qué la queremos, y eso condiciona a todas las reformas. Pareciera que lo que se quiere es una administración del estado más fuerte, que tenga poderes efectivos para representar los intereses públicos, que logre dominar los intereses y actividades privadas, y que se transforme en una herramienta del desarrollo económico, social y cultural de la población. Es decir, una administración del estado mucho más robusta de lo que hoy existe, y esto supone un primer cambio fundamental, es que es reconfigurar el modelo de estado en Chile desde un estado subsidiario a un estado solidario o social”.

“El estado subsidiario en los términos en que se ha desarrollado en Chile es un estado mínimo, que abandona muchas de sus funciones principales de configuración social en manos de los privados, y donde el estado tiene un rol secundario. Es cosa de ver lo que ha ocurrido en salud, educación, cultura y en muchas áreas en las cuales el estado abandona gran parte de esas actividades, y se las entrega al sector privado, y el estado asume simplemente un rol regulador, pero no prestador directamente. De hecho, es un estado de prestaciones de mínimo donde la idea es que las personas no tengan servicios del estado, sino que de privados, y solo aquel que no puede proveerse de ese servicio privado vaya al estado, que es como el recipiente de aquellos que no pueden satisfacer a través de sus propios ingresos esos derechos”, añadió.

Respecto a la administración del estado, subrayó que ésta “debe tener objetivos mucho más amplios que los que están establecidos en la constitución, es decir, fines colectivos. Además, tiene que ser estructurada como una organización jerárquica e instrumentalizada desde el gobierno, donde éste es elegido por sus ciudadanos, y es el que fija las políticas públicas que deben ser llevadas adelante por esa administración del estado para satisfacer necesidades públicas e intereses generales. Un elemento relevante en la configuración de esta administración es que tenga poderes específicos que hasta hoy han sido cuestionados por algún sector de la doctrina y por el Tribunal Constitucional, que ha limitado severamente las posibilidades de la administración. Finalmente, me parece que la nueva constitución debe tratar de una manera ordenada y regulada los instrumentos de control a los que tienen que estar sometida la administración del estado”.

Distribución territorial del poder y descentralización

Felipe Paredes guio su intervención en base a preguntas vinculadas a la relevancia de la distribución territorial y la descentralización en la discusión constitucional. En primer lugar, planteó la interrogante sobre por qué es importante la pregunta sobre la distribución territorial del poder, y por qué es una cuestión de naturaleza constitucional. Al respecto, indicó que “la crisis de octubre de 2019 es social pero también profundamente política, y en ese sentido es una crisis de las instituciones políticas, vinculado a la forma como se distribuye el poder a lo largo y ancho del territorio del estado han hecho crisis en ese momento y en los años anteriores. Hay importantes razones para pensar que si esto es una oportunidad para un nuevo pacto social, éste tiene que ser también con equidad desde el punto de vista territorial, en el sentido de que las condiciones que se establezcan disminuyan las diferencias y la brecha geográfica que existe en nuestro país. Es una cuestión de división de poder como principio básico de la forma del estado, y un estado descentralizado territorialmente como uno más democrático”.

“¿Qué dispone la constitución hoy y qué hacen las constituciones en términos comparados? La constitución establece una cláusula general donde declara que el estado de Chile es un estado unitario y que su administración será descentralizada o desconcentrada según la ley. Luego tiene el capítulo ‘Gobierno y administración del estado’, que establece los órganos que tienen presencia regional, provincial y local, distinción que luego desaparece desde el punto de vista de ciertos órganos que tradicionalmente han ejercido esas funciones, pero sin determinar en el corpus de esas atribuciones, y deja entregado al legislador orgánico que se ha encargado de reglamentar esta cuestión. La mayoría de las instituciones de la administración del estado forman parte de esta estructura que se llama administración centralizada, que dependen jerárquicamente del nivel central y se vinculan al Presidente de la República a través del ministro respectivo”, añadió.

“Tres ideas para cerrar: es indispensable que cualquier modelo que avance más de lo que tenemos se piense en entidades territoriales que gocen de competencias políticas; la descentralización debe contemplar también el ámbito financiero; y si vamos a descentralizar, me imagino un modelo de estado donde también las autonomías existan a nivel local, donde estas entidades puedan gozar de la posibilidad de poder diseñar políticas públicas que sean relevantes y hacer efectiva la participación ciudadana”, cerró.

El registro de la actividad se puede revisar haciendo clic aquí.

La novena sesión del curso abierto “La Constitución que queremos: ideas para una nueva Constitución para Chile” se realizará el 28 de septiembre desde las 19 horas, y participarán Andrés Bordalí (Universidad Austral de Chile) y Patricio Rondini (Universidad Austral de Chile). La actividad llevará por título “La jurisdicción en una nueva Constitución”, y moderará la ayudante de Derecho UV Aurora Rozas. Se transmitirá a través del Facebook Derecho Universidad de Valparaíso. 

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