Recurso de Amparo

Profesores de Derecho UV presentan recurso de amparo por toque de queda en Valparaíso

Docentes consideran inconstitucional la medida, pues se trataría de un “arresto domiciliario parcial” para los habitantes de la región.

Un grupo de abogados y docentes de la Escuela de Derecho de la Universidad de Valparaíso interpusieron un recurso de amparo en contra del Contralmirante Juan Andrés de la Maza Larraín, jefe de la Defensa en Valparaíso.

El trámite, que fue acogido por la Corte de Apelaciones de dicha comuna, radica sus bases en la consideración de la medida de decretar “toque de queda” como la privación parcial de la libertad de los ciudadanos de la región y una forma de “arresto domiciliario parcial”.

Felipe González, académico de Derecho UV y uno de los precursores de la medida interpuesta, explicó que “la medida es inconstitucional en atención a la modalidad de estado de excepción declarada por el Presidente de la República. Ello, por cuanto, el estado de excepción constitucional de seguridad solo habilita para restringir la libertad vehicular y la de reunión, mas no la libertad ambulatoria. En dicho contexto, el jefe de Defensa de la región incurrió en un exceso de sus funciones”.

El ‘toque de queda’ constituye una restricción, y en este caso una vulneración, a la garantía de libertad ambulatoria. El motivo por el cual se argumenta que la medida excede las facultades y márgenes del estado de excepción constitucional de emergencia, es precisamente porque la constitución establece el margen de acción de dicha modalidad de estado de excepción, a saber: restringir la libertad de locomoción y de reunión. En dicho contexto, toda medida decretada por el jefe de Defensa Nacional, “debe respetar ese margen que establece la Constitución. De otra forma, si el deseo del ejecutivo, a través de su jefe de Defensa Nacional, es restringir la libertad ambulatoria de ciudades completas, lo que debió hacer es declarar una modalidad distinta de estado de excepción, en ese caso, el de asamblea, pero para ello requiere el acuerdo del Congreso Nacional y, en consecuencia, un consenso democrático. Por lo mismo, al constituir la declaración del estado de emergencia, el ejecutivo, a través de sus jefes de Defensa Nacional, no puede exceder las facultades, y por sobre todo los límites, que la Constitución le confieren. Esta acción de amparo no pretende dejar sin efecto el estado de emergencia, sino que las decisiones que se tomen, a propósito de ella, se ajusten a la legalidad vigente y a lo que entendemos es un Estado de Derecho”, explicó.

Por su parte, el abogado Carlos Silva detalló que “el objeto del recurso de amparo tiene por finalidad única y exclusivamente reestablecer la libertad ambulatoria de quienes nos sentimos vulnerados. Todos no nos podemos mover a una cierta hora, y es importante hacer presente que esto se hace en virtud de la ley de estados de excepción constitucional, que es de 1985 y cuya última modificación es de enero de 1990, ósea, es una ley de la dictadura. Nosotros estamos convencidos de que es inconstitucional que las personas sean detenidas en toque de queda, porque no es una garantía que esté sometida al control del estado de excepción de emergencia. Esta es una cuestión que, de facto, está siendo impuesta a todos los ciudadanos de esta y otras regiones”.

Consultorio Jurídico de Derecho UV: egresada denuncia apremios ilegítimos de Carabineros y Gendarmería

Durante la misma jornada, desde el Consultorio Jurídico de la Escuela de Derecho UV se dio a conocer la presentación de una querella, presentada por Carla Casoni -egresada de la carrera- por apremios ilegítimos, ante el Juzgado de Garantía.

Inés Robles, académica y coordinadora del Consultorio Jurídico UV, explicó que “como equipo estamos desde el día lunes trabajando en nuestras dependencias (Prat 856, 6° piso, Edificio Rapa Nui) recibiendo una serie de denuncias, y además con un grupo de estudiantes de nuestra escuela monitoreando la situación de lo que ocurre en las comisarías, llegando así una serie de denuncias por distintos tipos de lesiones, maltratos y otro tipo de delitos que se han cometido. El día de hoy quedó presentada una querella por apremios ilegítimos, por los hechos que le ocurrieron a Carla Casoni durante su detención. Ella estaba participando de una manifestación, fue detenida y llevada a la comisaría, y allí ocurrieron una serie de situaciones que constituyen vejámenes en contra de su persona, y en especial considerando el elemento de que es mujer. Juntamente con esa querella, además se ha presentado un amparo de carácter preventivo, también a favor de Carla y otras estudiantes nuestras, y en general, desde esa perspectiva de mujeres que participan en las manifestaciones, y que son llevadas a las comisarías y que pueden pasar la misma situación”.

“En el Juzgado presentamos una querella criminal que lo que busca es que las personas que se vieron involucradas en los hechos que afectaron a Carla, respondan penalmente por esas conductas. Esas conductas no ocurrieron solo al interior de la comisaría donde estuvo Carla, sino también algunas de ellas se replicaron al interior de los calabozos del Juzgado de Garantía, que están a cargo de Gendarmería”, cerró.

Por su parte, Carla Casoni detalló que “fui detenida por Carabineros de forma violenta, en el contexto de una movilización en Avenida Errázuriz. Me trasladaron a la 2°Comisaría de Valparaíso, donde fui desnudada junto a todas las otras mujeres que estaban detenidas, y registrada. Posteriormente, cuando estábamos en el Juzgado de Garantía, a cargo de las gendarmes, también fuimos desnudadas. Había mujeres de todas las edades, presencié golpizas y hubo amenazas”.

“El problema es grande. Acá se intersecan una serie de circunstancias, como la violencia y el descriterio, que es transversal a toda la institución, y que está alienado el sistema de las policías de nuestro país. Ante esto me mantengo activa, convencida de que tenemos que seguir movilizados, que ninguna situación nos puede amedrentar”, cerró.  

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