Conversatorio Daniela Marzi

Profesora Daniela Marzi participa en conversatorio “Tres abordajes a la sentencia del TC sobre tutela y trabajadores públicos”

La académica de Derecho UV intervino en la actividad desarrollada en el Instituto de Estudios Judiciales, en Santiago.

La profesora de Derecho del Trabajo, Daniela Marzi, fue parte del Conversatorio “Tres abordajes a la sentencia del TC sobre tutela y trabajadores públicos”, actividad llevada a cabo en Santiago y organizada por el Instituto de Estudios Judiciales, la Asociación Latinoamericana de Abogados Laboralistas, la Asociación Gremial de Abogados Laboralistas de Chile, la Asociación Nacional de Magistrados del Poder Judicial de Chile, y la Asociación Latinoamericana de Jueces del Trabajo.

Dentro de su intervención, la académica de la Escuela de Derecho de la Universidad de Valparaíso indicó que “con respecto a la sentencia que nos han invitado a analizar, la primera cuestión, que me pareció más bien un pretexto que un argumento, es esto de que cuando se dicta es porque porque no se había decidido cómo iba a ser el régimen del trabajo público, y después la opción fue esto de que las normas erigieran si aplicaban algunos artículos del código del trabajo y esta mixtura de sistemas o regímenes de trabajo que tiene el sector público el día de hoy”.

“Más allá de lo bochornoso que puede ser apuntar a una voluntad histórica en el caso de la Constitución del 80, si ustedes revisan todas esas actas, no existe el grupo negociador. No con esto quiero decir que haya que mirar esa voluntad histórica, porque en 1906 también se analiza el fenómeno de la mutación constitucional y que es lo que permite que las constituciones perduren en el tiempo, que van evolucionando, se van adaptando, y entonces el argumento histórico es probablemente uno de los más inadecuados para fundamentar un fallo. Pero lo que resulta más complejo es que sea para que el Tribunal Constitucional nos diga dos cosas centrales: que los funcionarios públicos en el año 2018 no tienen derecho a reclamar derechos fundamentales y acceso al tribunal constitucional”, explicó.

Con respecto al voto disidente, la académica indicó que “me parece que hace referencia a este proceso interpretativo que se produjo en sede laboral, hasta llegar a la unificación del año 2014, en que se entiende que la mejor argumentación era la que le daba la competencia a los Tribunales Laborales para conocer de tutela en el caso de funcionarios públicos. Sostener que los trabajadores del sector público no tienen derecho a reclamar garantías fundamentales es muy grave, pero no dice relación con todo el problema en el trabajo en el sector público, que es otro gran tema que probablemente no estamos en condiciones de abordar, y que ha generado ciertas complejidades”.

“Yo diría que los jueces laborales nunca reclamaron que el trabajo en el sector público fuera técnicamente inabordable para ello. Sabemos que hay un problema práctico, que es el aumento del ingreso, y que genera un incentivo a tratar de rechazar estas demandas por incompetencia, pero ese es un argumento de otro orden y no si es adecuado o no el instrumento”, cerró.

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