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Profesor Aldo Topasio dictó charla “Influencia del Derecho Romano en los Derechos de Occidente”en UST

El catedrático y especialista en Derecho Romano de la Escuela de Derecho de la Universidad de Valparaíso, Aldo Topasio, fue invitado por la Escuela de Derecho de la Universidad Santo Tomás, UST, de Viña del Mar, a dictar la charla “Influencia del Derecho Romano en los Derechos de Occidente”.

En la actividad, realizada en el Aula Magna de la sede 1 Norte de la UST, el profesor Topasio explicó: “Es necesario enfocar desde distintas perspectivas, la influencia del Derecho Romano en los ordenamientos de occidente, ya que existieron muchas ideas provenientes de movimientos filosóficos y políticos, que precedieron a los grandes codificadores e influyeron en la estructuración de los códigos civiles actuales. Esta materia, que se toca poco en la enseñanza, debe ser mirada y analizada desde diferentes perspectivas”.

“De estas forma, estas influencias anteriores, que entregan un fuerte respaldo al movimiento codificador, vienen de la época baja medieval y, en definitiva estos códigos, de cierta manera, abrieron el camino de la ley. Al respecto, en el ámbito del derecho privado, antes del siglo XIX, la ley no era la que determinaba los criterios de solución para que los jueces se guiaran, por el contrario, se buscaba la solución en los libros de los grandes juristas. Luego y tras dos movimientos sociales y políticos, como son la revolución de los estados norteamericanos y la revolución  francesa, cambiaron muchas cosas y se entendió que la ley, debía establecer los nuevos criterios y no el pensamiento de los grandes juristas”, agregó.

“Tras estos movimientos, si bien la ley debía establecer los nuevos criterios, considerando la relación entre derecho y ley, debemos entender que, de una u otra forma, siempre los grande juristas estuvieron detrás”, explicó el profesor Aldo Topasio.

Consultado sobre la influencia en Chile del Derecho Romano, el especialista concluyó: “Si consideramos las materias del derecho de familia, derecho sucesorio, derecho sobre cosas y derecho de obligaciones, yo diría que en estas dos últimas, el Derecho Romano se ha mantenido prácticamente incólume. No obstante ello, se han agregado materias nuevas donde están entrando, nuevamente la doctrina de los grandes autores, lo que representa reconsiderar a la doctrina, como fuente determinante del derecho privado. De esta manera, hay que entender que la codificación del siglo XIX, fue una necesidad política, pero no científica”.

*Nota gentileza UST Viña del Mar

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